• Ejecución de sentencia MIN - 800.732/23

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¿De qué se trata?

En cumplimiento de los autos tramitados en Expte. Nº 800732/2023, la Dirección General de Coordinación Epidemiológica, en representación del Ministerio de Salud Pública en la Mesa Núcleo de Trabajo propuesta por la Fiscalía de Estado del Gobierno de la Provincia de Salta, define:

Cordón Sanitario cuenca Arias/Arenales: Medida implementada por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta en el amparo de referencia, que tiene por objeto minimizar la exposición de la población a focos de infección en zonas o áreas comprendidas de la línea de ribera, línea de inundación o que como producto de prácticas inadecuadas en la “Subcuenca Rio Arias – Arenales” pongan en riesgo a la salud humana, animal, vegetal y ambiental como causa de enfermedades hidro-transmisibles debido a la presencia de puntos críticos afecten directa o indirectamente.

Propósito

Desarrollar una estrategia multidisciplinaria e interinstitucional para reducir la exposi-ción de las personas a fuentes de contagio, manteniendo un aislamiento dentro y/o fuera del área afectada, previamente delimitada, a los fines de contribuir con la reduc-ción y/o mitigación de la morbimortalidad de enfermedades hidro-transmisibles y las transmitidas por alimentos.


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Área Ejecutora

Según los puntos de muestreos y el alcance geográfico, los Servicios de Salud con población de referencia que tendrán a cargo la implementación de las medidas dispuestas por el Cordón Sanitario Subcuenca Río Arias – Arenales son:

  • Área Operativa Sur Nº 55

    Hospital Papa Francisco

  • Área Operativa Norte Nº 56

    Hospital Público Materno Infantil

  • Área Operativa Nº 30

    Cerrillos

  • Área Operativa Nº 50

    La Merced

  • Área Operativa Nº 34

    El Carril

  • Área Operativa Nº 35

    Coronel Moldes

  • Otra Área que pueda surgir

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